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Sobre la prohibición de la Riba

Sobre la prohibiciَn de la Riba

Ripa, traducida típicamente como “interés” o “usura” es un “incremente forzado del valor o la cantidad en el medio de intercambio”, que pone una responsabilidad adicional sobre una de las partes cuando algo es prestado o intercambiado.

La Riba es un sistema inescrupuloso y peligroso en el que los prestamistas toman las posesiones o propiedades de los individuos necesitados. Los sistemas financieros basados en el interés son intrínsecamente injustos y contrarios a la preocupación natural que tienen los seres humanos por el bienestar de los demás.

Las enseñanzas del Islam sobre cómo realizar transacciones comerciales de manera razonable y justa, sin explotación ni abuso, dice Abdul-lah Sa’id en “Banca Islámica e Interés”, lograron abolir la usura de Arabia, y luego de las tierras circundantes de Asia, África y Europa. Esas partes del mundo prosperaron bajo el gobierno islámico. Prestar atención hoy día a esas enseñanzas tiene la promesa de que promoverán el avance de la humanidad más allá del uso de la riba como medio básico del crecimiento financiero y material.
El Profeta Muhammad, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: “Maldito quien acepta interés, quien lo paga, quien lo registra, y los dos (que aceptan ser) testigos de su firma” [Muslim].

Los musulmanes deben, por tanto, prestar atención de esta advertencia de su Profeta, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él. Siempre que se deba elegir entre participar o no de transacciones financieras que están basadas en Riba, la satisfacción temporal de adquirir bienes raíces, oportunidades terrenas, transporte o cualquier ganancia, está sobrepasada en mucho por las graves desventajas en esta vida y en la otra de involucrarse en Riba, sin importar el objetivo. Los peligros de la Riba pueden no ser visibles para todos o incluso parecer inofensivos. Pero es arriesgado perder de vista el hecho de que Al-lah ha declarado el involucrarse en Riba como un pecado mayor o Kabirah.

Lo que es sorprendente sobre la Riba es el castigo severo, en comparación con otras prohibiciones, que Dios les promete a aquellos que se involucran en ella. Es impresionante leer en el Corán cómo este Creador Misericordioso y Señor Justo declara, sin lugar a dudas, que aquellos que se involucran con la Riba han de esperar nada menos que la guerra de parte Suya, Glorificado sea el Señor Todopoderoso.

El Corán dice (lo que se interpreta en español): {¡Oh, creyentes! Temed a Al-lah y renunciad a lo que os adeuden a causa de la usura, si es que sois, en verdad, creyentes. Y si no dejáis la usura, sabed que Al-lah y Su Mensajero os declaran la guerra; pero si os arrepentís tenéis derecho al capital original, de esta forma no oprimiréis ni seréis oprimidos} [Corán 2:278-279].

El interés en los tiempos preislámicos
El hombre ha conocido, utilizado y desarrollado el concepto de Riba desde mucho antes de la llegada del Islam. El maestro del hadiz, Ibn Hayar Al Asqalani, dijo: “El Imam Malik narró de Zaid ibn Aslam que en el período de la Yahiliah (época preislámica) la Riba o interés había cambiado según el siguiente esquema: una persona tenía derecho en la propiedad de otra. Podría haber sido un derecho general debido a la cantidad prestada o el precio de algo comprado, o en cualquier otra forma. Se había establecido un tiempo para el pago del derecho. Cuando el tiempo señalado se cumplía, el acreedor preguntaba al deudor si quería pagar el derecho o pagar Riba con una extensión del tiempo. Si el reclamo era pagado, no había incremento en el pago, es decir, no se le cargaba Riba. De otro modo, al deudor se le incrementaría la cantidad a pagar y el acreedor extendería el plazo de pago”.

La conciencia de la injusticia de la Riba y la lucha por controlar sus efectos dañinos se encuentra en los primeros registros de la historia. Las leyes que definen las multas en dinero como “mala práctica” son parte del Código de Hammurabi, una ley antigua bien preservada, promulgada por el sexto rey babilónico, Hammurabi, en 1760 a.C. en la antigua Babilonia. Estas leyes fueron impuestas por el rey egipcio Bojjoris de la XXIV dinastía egipcia (730 a 715 a.C.), quien prohibió tomar intereses además de la inversión inicial.

El judaísmo también prohibió los intereses. En el Antiguo Testamento está escrito: “Si uno de ustedes presta dinero a algún necesitado de mi pueblo, no deberá tratarlo como los prestamistas ni le cobrará intereses” [Éxodo 22:25]. También: “No le exigirás interés cuando le prestes dinero o víveres, sino que temerás a tu Dios; así tu compatriota podrá seguir viviendo entre ustedes. Tampoco le prestarás dinero con intereses ni le impondrás recargo a los víveres que le fíes” [Levítico 25:36-37].

En cuanto al cristianismo, el Evangelio según Lucas dice: “Dale a todo el que te pida, y si alguien se lleva lo que es tuyo, no se lo reclames” [Lucas 6:30]. El Primer Concilio de Nicea (325 d.C.) prohibió la usura entre el clero, y más adelante la Iglesia obtuvo un fallo de Carlomagno (742-814 d.C.) de que esta prohibición se extendiera a los laicos.

En el Tercer Concilio de Letrán (el 11o Concilio Ecuménico), que tuvo lugar en marzo de 1179, presidido por el Papa Alejandro III con la asistencia de 302 obispos, se decretó que las personas que aceptaban intereses sobre préstamos no podían recibir los sacramentos (la gracia divina) ni ser enterrados como cristianos. El Papa Clemente V declaró herejía la creencia en el derecho a la usura en 1311 y abolió toda legislación secular que la permitía.

El Papa Sixto condenó la práctica de cargar intereses como “detestable para Dios y para los hombres”, maldita por los cánones sagrados y contraria a la caridad cristiana [Conrad H. Moehlman, 1934. La Cristianización del Interés, Historia de la Iglesia, pp 6-7].

Estas religiones todavía sostienen la justicia de prohibir la Riba en la teoría, aunque no en la práctica. Fue apenas durante el siglo XVII y bajo la presión de las exigencias de la burguesía, que se aceptó que la actividad económica debía liberarse de las que eran vistas como limitaciones obsoletas. La Riba se legalizó con la realización de enmiendas judeocristianas a la ley divina [Louis Milliot, 1971, Introducción al estudio del derecho musulmán, pp. 647-648].

Un castigo acorde al crimen
Cuando observamos la realidad mundial de aquellos que viven atrapados por los sistemas basados en riba y consideramos la naturaleza de “montaña rusa” de la situación financiera de la gente y los estragos que ella inflige sobre su bienestar emocional, espiritual y material, rápidamente apreciamos tanto la severidad del castigo como la razón de por qué debe ser así. La advertencia del Creador y Señor de los mundos siempre será cierta.

Pero la negligencia humana es en verdad asombrosa. La pregunta para muchos musulmanes sinceros es esta: ¿La Riba que está prohibida en el Corán es lo mismo que el interés de mi préstamo para vivienda? Dicho de forma directa y sencilla, la respuesta es un “sí” inequívoco.

Esto está confirmado por todos los eruditos musulmanes calificados y los especialistas económicos y financieros basados en evidencia auténticamente correcta (Dalil) proveniente del Corán y la Sunnah del Profeta Muhammad, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él. Y además es más complicado, la idea y el sistema contemporáneos de intereses no son muy distintos de los que existieron en su época, ni de los sistemas de adquisición injustos impuestos por otros a lo largo de la historia de la humanidad.

De hecho, si hay alguna diferencia relacionada, ya que el sistema de Riba hoy día vulnera todas las formas de vida, es solo la gran intensidad de los daños de la Riba, la devastación creciente y la extensión adicional de las consecuencias de los esquemas de Riba contemporáneos sobre los seres humanos y la ecología. Como demuestra la crisis financiera mundial actual, cada rincón de nuestras sociedades y cada individuo en ellas están sujetos a estos efectos nocivos, ya sea que participe en el sistema o no.

El Profeta Muhammad, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, nos advirtió que vendría una época en la que virtualmente cada ser humano se vería afectado por la Riba. A mí me parece que esa época ya ha llegado.

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